El seguro del responsable del accidente demora, ofrece mucho menos de lo que te corresponde o directamente rechaza el pago. Esta situación es más frecuente de lo que debería ser. Pero tenés opciones legales concretas y efectivas.
Paso 1: Carta documento o telegrama poniendo en mora
Antes de iniciar cualquier acción judicial, conviene enviar una carta documento o telegrama al responsable del accidente y a su aseguradora, poniéndolos en mora. Esto significa notificarles formalmente que reclamás el pago de los daños sufridos y que, de no obtener respuesta satisfactoria en un plazo razonable (generalmente 15 días), iniciarás las acciones legales correspondientes.
La mora es importante porque a partir de ella comienzan a correr los intereses sobre el monto reclamado, lo que incrementa la deuda de la aseguradora con el tiempo.
Paso 2: Mediación prejudicial obligatoria
En la Provincia de Buenos Aires, la Ley 13.951 establece la mediación prejudicial obligatoria como paso previo a cualquier demanda civil. A nivel nacional, la Ley 26.589 establece un régimen similar.
En la mediación, un mediador profesional neutral intenta que las partes lleguen a un acuerdo. Si la aseguradora no concurre o no ofrece un monto razonable, el mediador labra un acta de cierre que habilita la vía judicial.
Paso 3: Juicio ordinario con citación en garantía
Si la mediación fracasa, se inicia la demanda judicial. La herramienta más importante en estos casos es la citación en garantía del seguro, prevista en el artículo 118 de la Ley de Seguros (Ley 17.418).
Este mecanismo permite demandar directamente a la aseguradora junto con el responsable del accidente. La aseguradora queda incorporada al juicio como parte, con obligación de comparecer y responder. Si la sentencia condena al responsable, la aseguradora debe pagar hasta el límite de la póliza.
Embargo preventivo desde el inicio
Desde el inicio de la demanda podés solicitar al juez medidas cautelares, incluyendo embargo preventivo sobre bienes del demandado. Esto evita que el responsable (o la aseguradora, en caso de insolvencia) disponga de sus activos durante el juicio.
El juez otorga el embargo si se acredita la verosimilitud del derecho (que sos víctima y el accidente ocurrió) y el peligro en la demora.
¿El seguro del responsable no quiere pagar?
Consultá tus opciones legales. Actuamos contra las aseguradoras que dilatan el pago.
Consultar por WhatsAppPreguntas frecuentes
¿Cuánto tarda un juicio contra el seguro por un accidente de tránsito?
En Buenos Aires, entre 2 y 4 años hasta sentencia de primera instancia. Muchos casos se resuelven antes por acuerdo en mediación o durante el proceso. La complejidad y la actitud de la aseguradora influyen en el plazo.
¿Puedo embargar bienes del responsable desde el inicio del juicio?
Sí. Podés solicitar medidas cautelares, incluyendo embargo preventivo, desde el inicio de la demanda. El juez las otorga si acreditás verosimilitud del derecho y peligro en la demora.
¿Qué hago si el seguro me hace una oferta muy baja?
No la aceptes sin consultar con un abogado. Las aseguradoras hacen ofertas iniciales bajas esperando que las aceptes. Una vez firmada la aceptación, el caso queda cerrado definitivamente.
¿Puede la aseguradora rechazar la cobertura?
Solo en casos específicos previstos en la póliza: conducción bajo efectos del alcohol o drogas, sin licencia habilitante, uso del vehículo para fines excluidos, o falta de denuncia en plazo. Fuera de estas causales, el rechazo es impugnable judicialmente.
¿Es obligatoria la mediación antes de ir a juicio?
Sí. En Buenos Aires la Ley 13.951 exige mediación prejudicial antes de iniciar cualquier juicio civil. Si fracasa, se labra acta de cierre y queda habilitada la vía judicial. La mediación puede ser sin costo de aranceles para víctimas que no pueden afrontar los costos.